FORMACIÓN A MEDIDA

CURSO PASADO, PRESENTE Y FUTURO DEL MARCADO CE

Seguridad Máquinas

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¿SABE SI SE PUEDE PONER MARCADO CE A UNA SILLA DE OFICINA FABRICADA EN LA UE?

Después de décadas en vigor, el marcado CE es una especie de mito para muchos profesionales del mundo industrial y técnico. A veces se le asimila erróneamente a la antigua homologación, llegando a utilizar términos como “es necesaria la homologación CE”; en otras ocasiones se considera a la ligera como un simple trámite.

Realmente, su incorporación a la legalidad en la Unión Europea constituyó una revolución de la manera de entender el siempre difícil equilibrio entre libertad y seguridad, en este caso, libertad de circulación de mercancías frente a la necesaria seguridad exigible a los productos. Además, las diferentes directivas que imponen el marcado CE fijan procedimientos de actuación muy diferentes para el fabricante, con las consiguientes dudas en éste y en los que serán usuarios de los productos o equipos fabricados.

Después de años de aplicación, la mayoría de directivas del nuevo enfoque han sido modificadas y sustituidas por otras directivas o por reglamentos (UE), con diferentes fechas de entrada en vigor. Este masivo cambio legislativo pretende corregir alguna de las imperfecciones y carencias detectadas en las actuales directivas del nuevo enfoque y enfoque global. Los “directores de orquesta” de todo el nuevo marco legislativo son el Reglamento (CE) nº 765/2008 y la Decisión 768/2008/CE.

PROGRAMACIÓN DE LOS CONTENIDOS:

Breve exposición del marco legal aplicable.

El pasado:

Antes del marcado CE.

  • La homologación.
  • El Libro Blanco del comercio interior.

Primer cambio: Las directivas del nuevo enfoque y el enfoque global.

  • El marcado CE.
  • Principales elementos de las directivas.
  • La declaración CE de conformidad.
  • El fabricante, la comercialización y la puesta en servicio.
  • Los organismos notificados y la certificación de la conformidad.
  • Otros aspectos cubiertos por las directivas.
  • Fortalezas y debilidades de las directivas del nuevo enfoque.

El presente:

Segundo cambio: el nuevo marco legislativo (NML)Origen del nuevo marco legislativo

La Decisión 768/2008/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo

  • El Reglamento (CE) nº 765/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo
    • Fabricante.
    • Comercialización.
    • Introducción en el mercado.
    • Representante autorizado.
    • Importador.
    • Distribuidor.
    • Norma armonizada.
    • Marcado CE.
  • Estrategia del nuevo marco legislativo
    • Prevalencia de la legislación específica
    • La acreditación de los organismos de evaluación de la conformidad
    • Vigilancia del mercado
    • Controles de los productos que se introducen en el mercado comunitario
    • Principios generales del marcado CE  

Directivas del Nuevo Marco Legislativo en vigor

2014/35/UE, Baja Tensión,
2014/30/UE, Compatibilidad electromagnética,
2014/34/UE, ATEX,
2014/33/UE, Ascensores,
2014/29/UE, Recipientes a Presión Simples,
2014/68/UE, Equipos a Presión.

Reglamentos del Nuevo Marco Legislativo en vigor

Reglamento (UE) 2016/425, Equipos de protección individual,
Reglamento (UE) 2016/426, Aparatos de gas,
Reglamento (UE) 305/2011, Productos de construcción.

  • Qué supone la entrada en vigor de las nuevas directivas y reglamentos.
    • Obligaciones de los agentes económicos.
    • Declaración UE de conformidad.
  • El Reglamento (UE) nº 1025/2012, de presentación de objeciones a normas armonizadas.
  • La Guía Azul del nuevo marco legislativo.

El futuro:

Qué se puede esperar a corto plazo

  • Las directivas 2014/29/UE y 2014/68/UE
  • Una directiva no modificada: la 2006/42/CE, de máquinas. ¿Qué pasa con ella?

DESTINATARIOS:

  • Responsables de producción e ingeniería del mundo industrial.
  • Ingenierías e ingenieros industriales que asesoren a los usuarios y fabricantes de equipos de trabajo.
  • Responsables de Organismos de Evaluación de la Conformidad en el ámbito industrial (entidades de certificación, inspección y laboratorios)
  • Responsables de prevención de riesgos laborales.
  • Técnicos en prevención de riesgos laborales.
  • Usuarios en general de equipos de trabajo industriales.
  • Responsables de mantenimiento.
  • Responsables legales de las empresas.
  • Personal de las administraciones públicas.

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