Seguridad Máquinas
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PROGRAMACIÓN DE LOS CONTENIDOS
¿SABE SI SE PUEDE PONER MARCADO CE A UNA SILLA DE OFICINA FABRICADA EN LA UE?
Después de décadas en vigor, el marcado CE es una especie de mito para muchos profesionales del mundo industrial y técnico. A veces se le asimila erróneamente a la antigua homologación, llegando a utilizar términos como “es necesaria la homologación CE”; en otras ocasiones se considera a la ligera como un simple trámite.
Realmente, su incorporación a la legalidad en la Unión Europea constituyó una revolución de la manera de entender el siempre difícil equilibrio entre libertad y seguridad, en este caso, libertad de circulación de mercancías frente a la necesaria seguridad exigible a los productos. Además, las diferentes directivas que imponen el marcado CE fijan procedimientos de actuación muy diferentes para el fabricante, con las consiguientes dudas en éste y en los que serán usuarios de los productos o equipos fabricados.
Después de años de aplicación, la mayoría de directivas del nuevo enfoque han sido modificadas y sustituidas por otras directivas o por reglamentos (UE), con diferentes fechas de entrada en vigor. Este masivo cambio legislativo pretende corregir alguna de las imperfecciones y carencias detectadas en las actuales directivas del nuevo enfoque y enfoque global. Los “directores de orquesta” de todo el nuevo marco legislativo son el Reglamento (CE) nº 765/2008 y la Decisión 768/2008/CE.
PROGRAMACIÓN DE LOS CONTENIDOS:
Breve exposición del marco legal aplicable.
El pasado:
Antes del marcado CE.
- La homologación.
- El Libro Blanco del comercio interior.
Primer cambio: Las directivas del nuevo enfoque y el enfoque global.
- El marcado CE.
- Principales elementos de las directivas.
- La declaración CE de conformidad.
- El fabricante, la comercialización y la puesta en servicio.
- Los organismos notificados y la certificación de la conformidad.
- Otros aspectos cubiertos por las directivas.
- Fortalezas y debilidades de las directivas del nuevo enfoque.
El presente:
Segundo cambio: el nuevo marco legislativo (NML)Origen del nuevo marco legislativo
La Decisión 768/2008/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo
- El Reglamento (CE) nº 765/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo
- Fabricante.
- Comercialización.
- Introducción en el mercado.
- Representante autorizado.
- Importador.
- Distribuidor.
- Norma armonizada.
- Marcado CE.
- Estrategia del nuevo marco legislativo
- Prevalencia de la legislación específica
- La acreditación de los organismos de evaluación de la conformidad
- Vigilancia del mercado
- Controles de los productos que se introducen en el mercado comunitario
- Principios generales del marcado CE
Directivas del Nuevo Marco Legislativo en vigor
2014/35/UE, Baja Tensión,
2014/30/UE, Compatibilidad electromagnética,
2014/34/UE, ATEX,
2014/33/UE, Ascensores,
2014/29/UE, Recipientes a Presión Simples,
2014/68/UE, Equipos a Presión.
Reglamentos del Nuevo Marco Legislativo en vigor
Reglamento (UE) 2016/425, Equipos de protección individual,
Reglamento (UE) 2016/426, Aparatos de gas,
Reglamento (UE) 305/2011, Productos de construcción.
- Qué supone la entrada en vigor de las nuevas directivas y reglamentos.
- Obligaciones de los agentes económicos.
- Declaración UE de conformidad.
- El Reglamento (UE) nº 1025/2012, de presentación de objeciones a normas armonizadas.
- La Guía Azul del nuevo marco legislativo.
El futuro:
Qué se puede esperar a corto plazo
- Las directivas 2014/29/UE y 2014/68/UE
- Una directiva no modificada: la 2006/42/CE, de máquinas. ¿Qué pasa con ella?
DESTINATARIOS:
- Responsables de producción e ingeniería del mundo industrial.
- Ingenierías e ingenieros industriales que asesoren a los usuarios y fabricantes de equipos de trabajo.
- Responsables de Organismos de Evaluación de la Conformidad en el ámbito industrial (entidades de certificación, inspección y laboratorios)
- Responsables de prevención de riesgos laborales.
- Técnicos en prevención de riesgos laborales.
- Usuarios en general de equipos de trabajo industriales.
- Responsables de mantenimiento.
- Responsables legales de las empresas.
- Personal de las administraciones públicas.