
ITC MI-IP 04 Instalaciones para suministro a vehículos del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas
Esta Comisión técnica permanece muy activa para el análisis y puesta en común de las dudas que se están planteando tras la entrada en vigor de la nueva ITC MI-IP 04 de instalaciones para suministro a vehículos del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas. Debe destacarse que BEQUINOR cuenta entre sus asociados con expertos de este sector, con especialización técnica en distintas áreas, no obstante, todos ellos afectados por esta reglamentación. En el seno de esta Comisión se analizan las cuestiones que son plateada por los asociados, a las que se da una respuesta colegiada en base a la experiencia del sector. La mayoría de las conclusiones que se alcanzan en el seno de esta Comisión son trasladadas para su consideración por parte de la Autoridad competente, si así lo estima pertinente, en la Guía de aplicación práctica de la ITC, así como en sus sucesivas versiones.
Complementariamente, en el ámbito de la normalización, BEQUINOR desempeña la Secretaría de los Comités: CTN 62/SC5 Tanques y depósitos (excepto GLP) y del CTN 109 Seguridad en el almacenamiento, manipulación y procesos con productos químicos, competentes para muchas de las normas que se citan en el ámbito reglamentario de las instalaciones petrolíferas.

ITC MI-IP 02 Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas
Tras varios contactos con el sector y previa consulta a la Administración, BEQUINOR ha ofrecido su colaboración para la coordinación de un grupo de trabajo de carácter transversal, integrado por los distintos agentes del sector (compañías de almacenamiento, empresas constructoras, ingenierías, consultorías, operadores, fabricantes de bienes de equipo, organismos de control, etc.) para actualizar la ITC MI-IP02 Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos del Reglamento de Instalaciones Petrolíferas, en vigor desde 1998.
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